Lecturas, comentarios y análisis sobre el Derecho en el siglo XXI


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miércoles, 9 de abril de 2008

SOBRE ANTROPOLOGÍA JURÍDICA: PERSPECTIVAS SOCIOCULTURALES ENEL ESTUDIO DEL DERECHO DE ESTEBAN KROTZ (ed.)

SOBRE ANTROPOLOGÍA JURÍDICA: PERSPECTIVAS SOCIOCULTURALES EN EL ESTUDIO DEL DERECHO, DE ESTEBAN KROTZ (ed.)

ISONOMÍA No. 23 / Octubre 2005

Andrea Meraz.- Instituto Tecnológico Autónomo de México
Crítica del libro Esteban Krotz (ed.), Antropología jurídica: perspectivas socioculturales en el estudio delderecho, Barcelona, Anthropos / Universidad Autónoma Metropolitana-Iztapalapa, 2002.

La antropología jurídica es una subdisciplina de la antropología
sociocultural que, como señala Esteban Krotz, editor del libro An-
tropología jurídica: perspectivas socioculturales en el estudio del de-
recho1, puede entenderse de dos maneras. Una es la privilegiada por los
textos clásicos, esto es, como una rama de la antropología que aborda
un campo o una esfera social distinguible –la esfera de lo jurídico– de
otros campos o esferas sociales. La segunda, más adecuada a juicio del
editor, es que la antropología jurídica al igual que cualquier subdisci-
plina, es una perspectiva específica elaborada para la captación de la
realidad social que da cuenta, desde un ángulo particular y limitado, de
la vida y las características de una determinada sociedad. Es decir, el
estudio de los fenómenos jurídicos sirve como un acercamiento espe-
cífico al todo social.


El mismo Esteban Krotz plantea que existen tres campos de estudio
específicos de la antropología jurídica: el campo del derecho compara-
do como campo de conflictos y de luchas; el derecho como mecanismo
de control social; y el campo del derecho y la ideología. Esta división
corresponde a la manera en que trabaja la antropología en general, es
decir, se comienza con el estudio de los conflictos y se termina con el
estudio de la ideología.
F. Silva Santiesteban en su libro "Introducción
a la antropología jurídica" señala que otros de los temas que preocupan
a esta disciplina son el estudio del derecho primitivo, el pluralismo ju-
rídico, las diferencias del derecho entre las sociedades modernas y las
tradicionales, el derecho consuetudinario, la relación entre el derecho
oficial y los sistemas jurídicos indígenas, por mencionar algunos.
Los temas de estudio de la antropología jurídica con mayor relevan-
cia en el contexto mexicano son los relacionados con el derecho indí-
gena debido a las contradicciones entre el sistema jurídico nacional y
la manera de ejercer el derecho en las comunidades indígenas del país.
Sin embargo, los estudios de antropología jurídica mexicana eran prác-
ticamente inexistentes hasta 1989, año en el que Rodolfo Stavenhagen
reunió a un grupo de investigadores para analizar cuestiones en torno a
los sistemas jurídicos indígenas en México y su relación con el sistema
jurídico nacional. Varios de los investigadores que participaron en el
grupo formado por Rodolfo Stavenhagen son colaboradores en el libro
editado por Esteban Krotz, entre ellos Victoria Chenaut, Magdalena
Gómez, María Teresa Sierra y el mismo Rodolfo Stavenhagen.
Maria Teresa Sierra y Victoria Chenaut señalan en su contribución a
este libro que la antropología jurídica se ha convertido en un importan-
te campo de especialización en la antropología latinoamericana debido
a la actualidad de los temas que estudia y la importancia política que
éstos han cobrado. Sin embargo, aún es necesario aclarar y enriquecer
conceptualmente los enfoques y métodos de investigación. Los artícu-
los compilados por Esteban Krotz son una importante contribución para
conseguir dicho objetivo.
El libro Antropología jurídica: perspectivas socioculturales en el
estudio del derecho, como en su presentación lo indica el editor, es un
aporte al debate científico sobre la compleja problemática que presenta
el estudio de lo jurídico en su contexto social y, al mismo tiempo, es
una invitación a intensificar la investigación antropológica de lo jurídi-
co en sus diversos aspectos. Se podría afirmar que es un libro de antro-
pología jurídica mexicana en el sentido de que todos sus colaboradores
son investigadores en México. No obstante, no es un libro exclusiva-
mente de antropología jurídica mexicana en el sentido de que los artí-
culos presentados no se refieren únicamente a la situación nacional, de
manera que hacen de este libro una importante contribución a nivel in-
ternacional con relevancia espacial para Latinoamérica.
El libro está dividido en dos apartados generales. El primero se titu-
la “El estudio antropológico de lo jurídico” y está constituido por las
contribuciones de Esteban Krotz, Guillermo de la Peña, Roberto Varela,
María Teresa Sierra, Victoria Chenaut y Rodolfo Stavenhagen. Este
apartado ofrece un panorama general de la manera en que los
antropólogos sociales han estudiado el fenómeno jurídico desde distin-
tas etapas y perspectivas de la teoría antropológica, es decir, es un acer-
camiento al desarrollo de la antropología jurídica desde sus cimientos
hasta algunos de los debates actuales más relevantes para la disciplina
en cuestión. En esta primera parte del libro, el derecho es analizado por
la antropología como fenómeno sociocultural.
La primera contribución es de Esteban Krotz quien realiza un reco-
rrido histórico de los puntos de encuentro de la antropología y el dere-
cho a partir de la segunda mitad del siglo XIX sin pretensiones de reca-
pitular toda la historia de la antropología jurídica sino únicamente con
el objetivo de presentar los momentos clave para la consolidación de
dicha disciplina. El autor analiza la dificultad en la tarea de definir los
conceptos de antropología, derecho y antropología jurídica, así como la
problemática referente a los aspectos teórico-metodológicos del análi-
sis sociocientífico. Por último, Krotz aborda el tema de los derechos
humanos por encontrar en éste una estrecha relación entre las historias
disciplinarias y los enfoques de la antropología y el derecho.
La segunda colaboración es de Guillermo de la Peña quien expone
brevemente la obra de tres pares de autores de la antropología jurídica
clásica inglesa y francesa: Maine y Durkheim, Malinowski y Radcliffe-
Brown, Bohannan y Gluckman. De la Peña encuentra en cada par de
autores posturas opuestas pero a la vez complementarias. Maine y
Durkheim representan el nacimiento de las ciencias sociales en Euro-
pa, Malinowski y Radcliffe-Brown inician la corriente de la antropolo-
gía empírica, mientras que Bohannan y Gluckman analizan los proce-
sos de resolución de conflictos en diversas sociedades. Guillermo de la
Peña considera que estos autores son la base de la antropología jurídi-
ca a la que define como la búsqueda de los fundamentos históricos y
epistemológicos del dominio de la ley.
Roberto Varela es el autor de la tercera contribución en la que seña-
la que para introducir la antropología al ámbito del derecho es necesa-
rio adentrarse, al mismo tiempo, en el ámbito del poder y la política y,
a la vez, en el ámbito de la cultura. Por tal motivo, el autor estudia la
distinción entre naturaleza y cultura, desarrolla el concepto de cultura,
aborda la relación entre poder y política e incursiona en el contenido
de los conceptos de autoridad, legalidad y legitimidad.
El artículo de María Teresa Sierra y Victoria Chenaut presenta y dis-
cute el desarrollo de la antropología jurídica anglosajona contemporá-
nea, principalmente norteamericana e inglesa, con el fin de destacar
cuestiones de especial interés para la antropología jurídica latinoame-
ricana. El objetivo explícito de este texto es seleccionar temas y auto-
res representativos de los principales paradigmas de la disciplina para
enriquecer y alimentar el debate sobre temáticas similares que tiene lugar
en América Latina. Las autoras de este artículo buscan propiciar nue-
vos temas de investigación y con ello nuevos debates teóricos para com-
prender el papel de la ley en la cultura y en los escenarios locales y
globales.
La última contribución del primer apartado es la de Rodolfo Staven-
hagen quien aborda el tema de los derechos indígenas dentro del mar-
co del derecho internacional. El autor señala que una característica ac-
tual en los países latinoamericanos es la búsqueda de una nueva relación
entre los pueblos indígenas y los estados nacionales y que un nuevo
derecho internacional de los derechos indígenas se está construyendo a
partir de organizaciones multilaterales. El autor examina los principa-
les instrumentos para la protección de los derechos humanos a nivel
internacional y analiza los cambios constitucionales y legislativos so-
bre la situación de los derechos indígenas en México, así como el tema
de la autonomía de los pueblos indígenas mexicanos.
La segunda parte del libro se titula “Enfoques desde la filosofía, el
derecho y la sociología”. En este apartado se presentan las colaboracio-
nes de Luis Villoro, Magdalena Gómez, Francisco Piñón, Javier Torres
Nafarrate y Marcela Suárez Escobar. Aquí se plantean algunos de los
fundamentos filosóficos y sociológicos del estudio del derecho como
fenómeno sociocultural ya que el derecho no puede entenderse de modo
aislado con respecto a los procesos sociales de los que forma parte.
La primera colaboración de este apartado es la de Luis Villoro quien
analiza el tema de la relación entre multiculturalismo y derecho. El autor
analiza el derecho de los pueblos a la autodeterminación establecido por
el derecho internacional, el cual, sin embargo, no aclara el concepto de
pueblo. Villoro propone una definición de dicho término a partir de
concepciones comunes en antropología. El autor examina las relacio-
nes entre derechos humanos individuales y colectivos; derechos de los
Estados y derechos de los pueblos; y la relación entre dos sujetos de
derecho que son el ciudadano de un Estado y el miembro de un pueblo.
El artículo de Magdalena Gómez trata el tema del derecho indígena
y la constitucionalidad. La autora establece que existe un derecho indí-
gena al margen de que éste no se incluya históricamente en el orden
constitucional de los países latinoamericanos y utiliza herramientas teó-
ricas del constitucionalismo para analizar el proceso de juridicidad del
derecho indígena. Al contrario que Luis Villoro, Magdalena Gómez
afirma que la naturaleza de los derechos que reclaman los pueblos in-
dígenas es colectiva como lo es su titularidad. La autora recuerda a gran-
des rasgos la trayectoria histórica de la exclusión jurídica de los pue-
blos indígenas y aborda algunos problemas de definición conceptual de
derecho indígena. Por último, la autora toca el tema del derecho indí-
gena reflejado en el derecho internacional, en específico el convenio 169
de la OIT.
Para finalizar, agruparé las últimas tres contribuciones del libro de-
bido a la gran similitud entre ellas. La primera de estas tres colabora-
ciones es de Francisco Piñón quien habla sobre el análisis del derecho
que realizó Antonio Gramsci. La siguiente es de Javier Torres Nafarrate
que hace lo mismo respecto a la obra de Niklas Luhmann y por último,
la contribución de Marcela Suárez Escobar que reflexiona sobre las
cuestiones relacionadas con el derecho en la obra de Michael Foucault.
Como se puede observar, algunas contribuciones del libro en cues-
tión realizan repasos históricos que pueden ser de gran utilidad para
abogados que quieran acercarse a la ciencia antropológica, así como para
antropólogos que quieran conocer temas relacionados con el derecho
como fenómeno social. Asimismo, se plantean debates actuales para
especialistas en antropología jurídica que a la vez son comprensibles
para estudiantes incipientes de la materia.
Se observa también que los temas de los ensayos están estrechamen-
te vinculados entre sí excepto por los últimos tres que corresponderían
más a un libro de filosofía del derecho que a este de antropología jurí-
dica. Por los demás, considero que se podrían reagrupar bajo el mismo
título de la primera parte únicamente los primeros cuatro artículos ya
que se abordan desde una perspectiva meramente antropológica, con
excepción quizás del de Roberto Varela. Mientras que las siguientes tres
colaboraciones abordan temas relacionados con el derecho indígena por
lo que sería más adecuado que se colocaran en un apartado distinto bajo
un título más apropiado.
No obstante, la elaboración del índice tiene únicamente efectos prác-
ticos pero no le resta valor alguno a la importante aportación que el li-
bro Antropología jurídica: perspectivas socioculturales en el estudio del
derecho constituye para dicha disciplina que comienza a consolidarse
y a tomar fuerza en el marco de la antropología latinoamericana. Este
libro contribuye a clarificar la definición de lo que es la antropología
jurídica, así como otros conceptos y métodos de investigación de la
misma. Es un libro que ve hacia atrás pues muestra el desarrollo de la
antropología jurídica desde sus inicios, ve el presente al señalar los
debates más actuales de dicha disciplina y también ve hacia delante al
plantear más interrogantes y abrir nuevos campos de estudio para la
antropología jurídica.

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